¿Sabes
para qué se recauda ese 0,5% (R.E.P) que te retienen todos los meses en la
nómina?
Esta
fue la interrogante que se planteó entre 60 conocidos, todos trabajadores
activos dentro del territorio nacional. Las respuestas que se obtuvieron oscilaban
entre:
- Se une con las cotizaciones para la pensión de vejez.
- Ni idea
- Y la más común de todas fue “para nada”.
Sólo 19 personas de las 60 encuestadas fueron las que realmente sabían para que se recaudaba ese dinero, pero siempre resaltaban que en Venezuela eso no se cumplía ya que no conocían ningún caso que se beneficiara de ello, pero aún más alarmante es la mayoría que desconoce el uso de ese dinero, aunque el valor no es muy alto y no afecta de manera agresiva la remuneración; se considera que todos deben tener en claro porqué y para qué se realizan las deducciones en nómina.
El
régimen prestacional de empleo, mejor conocido como el Paro Forzoso, forma
parte del sistema de seguridad social venezolano, aplicable para todos los
trabajadores y trabajadoras (dependientes o independientes) que se encuentren
afiliados y sean cotizantes de él, ante el Instituto Venezolano de los Seguros
Sociales (IVSS). Asegurándole una indemnización monetaria, en caso de pérdida
involuntaria del empleo, de finalización del contrato de trabajo por tiempo u obra determinada, o pérdida de su fuente de
ingreso en casos de trabajadores independientes. Este régimen se rige desde el
27 de Septiembre del 2005 según gaceta oficial N° 38.281 por la Ley del Régimen
Prestacional de Empleo.
La
prestación de dinero que el trabajador o trabajadora recibirá en el caso de quedar
cesante, siempre y cuando cumpla con todos los requisitos para ser
beneficiario, será del sesenta por ciento (60%) del monto resultante de
promediar el salario mensual notificado ante el IVSS, en
los últimos doce (12) meses, y será pagado por un tiempo máximo de cinco
(5) meses. Si el trabajador cesante ingresa bajo relación de dependencia
durante los cinco (5) meses de protección, se le cancelará únicamente el tiempo
efectivo de cesantía.
Aunque
en el portal web del seguro social venezolano indica que el lapso
para solicitar esta indemnización es de dos (2) meses, en sus oficinas de Chacao indican que el proceso no dura más de 30 días. Los que se postulan deben contar
con lo siguiente:
- Estar afiliado al Régimen Prestacional de Empleo, en el Instituto Venezolano de los Seguros Sociales.
- Que el trabajador cesante haya generado un mínimo de 52 cotizaciones, dentro de los veinticuatro (24) meses inmediatos anteriores a la cesantía.
- Que la relación de trabajo haya terminado por: a) Despido, retiro justificado o reducción de personal por motivos económicos o tecnológicos. b) Reestructuración o reorganización administrativa. c) Terminación del contrato de trabajo a tiempo determinado o por una obra determinada. d) Sustitución de empleadores o empleadoras no aceptada por el trabajador o trabajadora. e) Quiebra o cierre de las actividades económicas del empleador o empleadora.
Si cumplen con las pautas
anteriores el trabajador o trabajadora debe dirigirse a la Caja Regional que le
corresponda del IVSS dentro de un lapso no mayor de los primero cinco (5) días hábiles
de haber quedado cesante, allí debe llevar:
- Copia de la Cédula de Identidad
- Su recibo de liquidación.
- Constancia de terminación de la relación laboral.
- La forma 14-02, la cual es la constancia de inscripción del trabajador en el IVSS
- La forma 14-03, que el empleador debe entregarle al trabajador al momento de su retiro.
Se recomienda que antes de
gestionar esto, el trabajador o la trabajadora se dirija en primera instancia a
las instalaciones del Ministerio de Trabajo, para una mayor asesoría.
Se hace notorio que
no existe mucha información sobre este tema, y aunque parezca increíble, sí
existen personas que han obtenido esta retribución, en la visita realizada el día 28 de Junio a las
instalaciones del Seguro Social en Chacao, conocí a dos personas que estaban
haciendo uso de sus prestaciones, el Sr. Carlos de 54 años sufrió una parálisis, y
mientras gestionaba todo para adquirir su pensión por discapacidad, haría uso
de su paro forzoso tal como se lo
recomendaron, y Carolina de 38 años la empresa donde trabajaba como personal de
mantenimiento la hizo renunciar y en el Ministerio de trabajo le dijeron que
mientras se emprendía el proceso de reenganche, solicitara su paro forzoso.
Saber si este sistema de seguridad social funciona
o no en Venezuela, es algo un tanto complicado de saber, debido a que no
existen estadísticas publicadas de las personas que han hecho uso de estas
prestaciones. Se podría decir que las
personas no hacen uso de este sistema por falta de conocimiento pero también existen
otras variables tales como:
- Son pocos los patronos que hoy en día despiden a los trabajadores, siempre llegan a un “acuerdo de retiro” dejando al trabajador sin pruebas del despedido, por tal motivo no cumpliría con los requisitos para optar por este beneficio.
- Generalmente cuando una persona queda sin empleo inmediatamente comienza a buscar uno nuevo, obviando que pueden hacer uso de esta retribución, o temen que el proceso será muy tedioso.
Hay que aclarar que hacer uso del Régimen
Prestacional de Empleo, no es un beneficio es una retribución del dinero que se
ha cotizado durante el ejercicio laboral.
Pero lo realmente importante es seguir cotizando en este sistema de Paro Forzoso ya que el monto que nos debitan no afecta de manera agresiva la remuneración que se percibe, y aunque es mejor no hacer uso de él, debido a que nadie quiere quedar sin una fuente de ingresos segura, es bueno saber que se puede contar con esa ayuda extra. También es importante estar informados de todas las actualizaciones que se hagan no sólo sobre este tema, sino además del seguro social obligatorio (S.S.O) y del fondo de ahorro obligatorio para la vivienda (F.A.O.V).
Fuentes Referenciales:
Ley del
Régimen Prestacional de Empleo. (2005). Gaceta Oficial de la República
Bolivariana de Venezuela, 38.281, 27-09-05.
Instituto
Venezolano de los Seguros Sociales. (2016). [Página web en línea]. Disponible
en: http://www.ivss.gov.ve/contenido/Perdida-Involuntaria-de-Empleo.
DONDE OBTENGO LA FORMA 14-02?.. y ese descuento del R.P.E me lo descuentan semanal de la nomina.. es legal ese descuento de manera semanal? .. entonces las 52 cotizaciones que menciona en en parrafo anterior se cuentan por semana o mes cotizado ? gracias.
ResponderEliminarLA FORMA 14-02; ES LA CONSTANCIA DE QUE ESTAS REGISTRADO EN EL SEGURO, SOLO LA EMPRESA TE DA ESTA FORMA.EL RPE ES UN DESCUENTO A PARTE DEL 0.5%
ResponderEliminarSi es un descuento a parte de igual manera con el SSO, en tu recibo de pago debe salir en el renglón de Descuentos Paro forzoso o REP
EliminarNo se que es cesante en mi caso xq tengo 5 meses y unos días de haberme retirado y en ese tiempo aparecía activa en el seguro ahora desde una semana hasta órita aparezco cesante pero que significa eso...?
ResponderEliminarque no estás trabajando
EliminarRPE yFAOV, es lo mismo?
ResponderEliminarNo señor, el RPE tambien llamado paro forzoso es una deducción que hace el IVSS mejor conocido como seguro social y el FAOV es lo que se conocía como la ley politica habitacional, y la deduce Banavih, ministerio de vivienda y habitat
Eliminarcomo calculo el aporte patronales rpe?
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